El SII se pone en marcha

  • Actualizado: 17 marzo 2022
  • Publicado por primera vez: 29 mayo 2017

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Son muchos los países europeos que han acometido en los últimos años programas de modernización de la gestión de tributos y de facturación. Los principales cambios en este sentido han sido para reforzar la facturación electrónica, en línea con la Directiva Europea 2014/55/UE, que sienta las bases de una norma común para el intercambio de facturas electrónicas. En España la informatización en la facturación y contabilización del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) ha ido más allá: en julio entra en vigor la reforma para el Suministro Inmediato de Información (SII) contable a Hacienda.

 

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El SII de un Vistazo

La Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) considera que existe suficiente madurez tecnológica en España como para permitir la implementación de un sistema de mejora del control tributario y de la asistencia al contribuyente. Sin duda la situación de la mayoría de las empresas avala este diagnóstico, si bien la madurez tecnológica no exime de la realización de esfuerzos para la implantación. El motivo es que el nuevo SII introduce cambios profundos y exige una operativa muy eficiente para estar al día de las obligaciones.

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Adiós al papel

El SII supone un cambio paradigmático, pasando de un sistema en el que el contribuyente llevaba los libros registro de forma interna a otro en el pasan a llevarse a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Es obligatorio el suministro telemático, “vía web”, a la AEAT de los registros individuales de facturación de IVA de manera casi inmediata.

No más postergaciones contables

Los plazos para la introducción de la información de facturación son de un mínimo de cuatro días naturales, excluídos fines de semana y festivos nacionales.

Desaparecen las declaraciones informativas

Al disponer la AEAT de información contable en tiempo casi real, los contribuyentes incluidos en el SII quedan exonerados de presentar las declaraciones informativas de IVA.

 

Entrada en Vigor y Estado Actual del SII

La revolución del IVA en España entra en vigor en poco más de un mes, el 1 de julio. Desde el primer anuncio del proyecto del SII, allá por 2016, hasta hoy, se han producido muchas modificaciones formales tanto técnicas como administrativas. Lo que no ha cambiado ha sido la fecha de entrada en vigor, que quedó fijada por el Real Decreto 596/2016, mediante el que se modificaron el reglamento del IVA, el de procedimientos de gestión e inspección tributaria y el que regula las obligaciones de facturación.

El proyecto ha alcanzado su madurez con la publicación, el pasado 15 de mayo, de la Orden Ministerial HFP/417/2017. En ella se determinan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los libros registro del IVA a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Los detalles abarcan la identificación de tipologías de facturas, así como las indicaciones necesarias para incluir información con trascendencia tributaria de acuerdo con lo previsto en el reglamento de procedimientos de gestión e inspección tributaria. La normativa fijada en esta orden es fruto de la experiencia atesorada por Hacienda y empresas particulares participantes en el proyecto piloto del SII y en la fase de pruebas, esta última todavía en marcha a día de hoy.

 

El SII se Pone en Marcha:

¿Cómo Será la Gestión del IVA a partir de Ahora?

El principal impacto del cambio normativo introducido con el SII será, para los más de 62.000 contribuyentes obligados, la actualización de sus sistemas informáticos. La mayoría de ellos estrenarán software para comunicarse con la AEAT a diario; otros, los que tengan capacidad y recursos adecuados, se apoyarán en desarrollos propios.

El SII es pionero en el entorno comunitario, si bien al otro lado del Atlántico algunos países, como EEUU, México o Chile, ya conocen lo que significa suministro “inmediato”. En México la normativa obliga a la comunicación de la información sólo una horas después de que se produzca la operación. En aquellos países en los que la digitalización está muy avanzada, las facturas incluso se graban automáticamente en la Administración Tributaria. En Europa, se espera que la gestión electrónica total sea una realidad en la mayoría de administraciones en 2020.

Cambian de forma sustancial las relaciones entre los sujetos pasivos y la Administración y, sobre todo, se inicia una nueva manera de gestionar el impuesto. El impacto en la operativa de las empresas tiene muchos matices y algunos, no por menos evidentes, son menos relevantes.

Mayor Control

Hacienda dispone de tres mecanismos principales para ejercer un mayor control en la lucha contra el fraude fiscal:

    • El suministro de información en tiempo casi real;
    • la posibilidad de contraste y cruce de datos;
    • y el dato único alojado en la Sede Electrónica de la AEAT.

Si bien esto permite una mejor diferenciación entre los errores registrales no intencionados y los actos fraudulentos, el hecho es que la contabilidad interna de las empresas pasa a ser casi transparente para la Agencia Tributaria.

Tecnología o Riesgo

Para afrontar el SII a partir de julio las empresas tienen básicamente dos opciones: evolucionar su ERP, con el consiguiente trastorno a nivel de procesos y sistemas de trabajo, o implantar una solución específica que garantice la conectividad con la AEAT y la integración con su propio ERP. La comunicación fluida y ágil con Hacienda depende de que la empresa disponga de tecnología capaz de recoger la información directamente de los sistemas propios, mapearla al formato XML requerido y garantizar el envío y la obtención de respuesta.

Para aquellas empresas que opten por retrasar la adaptación tecnológica o incluso intentar la operativa de introducción manual uno a uno de los registros en la Sede Electrónica, la perspectiva es más que complicada. Lo más probable, salvo que se maneje un número de registros diarios muy pequeño, es que sea necesario dedicar un recurso completo a la tarea de suministro de información, con las consecuencias negativas en términos de coste y efectividad.

Digitalización en Marcha

El SII no es la única novedad que espera al sistema tributario español en los próximos años. La tendencia es avanzar hacia una Administración Pública cada vez más digitalizada. La consecuencia, una mayor simplificación burocrática pero una dependencia cada vez mayor de soluciones informáticas especializadas. El SII es un ejemplo de ello, ya que el desarrollo de software comercial se ha realizado en paralelo al propio desarrollo de la normativa y las especificaciones y, lo más relevante, en colaboración con la propia AEAT en el marco del proyecto piloto. Con el Suministro Inmediato de Información a pleno rendimiento en poco más de un mes muchas empresas se apoyarán en asesores fiscales externos, en cuya competencia descansará la fluidez de la comunicación con Hacienda.

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Equipo Datadec