SII IVA Adaptarse una Obligación, Anticiparse una necesidad.

  • Actualizado: 10 diciembre 2021
  • Publicado por primera vez: 25 mayo 2017

SII IVA Adaptarse una Obligación, Anticiparse una necesidad.

La obligación de cumplir con el SII de la AEAT entra en vigor el 1 de Julio.

El Suministro Inmediato de Información (SII) del IVA ha sido siempre publicitado por el Ministerio de Hacienda como un gran avance en la modernización y eficiencia de la gestión del impuesto. Para la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), el SII IVA supone un progreso tecnológico que sitúa a España por delante de otras Administraciones Públicas europeas en proceso de evolución, como la francesa, la alemana o la belga. Pero para muchos de los más de 62.000 contribuyentes obligados por la nueva ley al suministro de registros contables en tiempo de real, el SII ha generado mucha incertidumbre y dudas durante todo su desarrollo. Hoy se puede afirmar que la mayoría de la dudas han sido disipadas, sobre todo después de la publicación la semana pasada de la Orden HFP/417/2017, que desgrana las especificaciones de bajo nivel del funcionamiento del nuevo sistema. Con esta orden el Ministerio de Hacienda ha recalcado la inmovilidad de la fecha de entrada en vigor del SII IVA, el próximo 1 de julio, al tiempo que ha fijado en la normativa los resultados del proyecto piloto y los alcanzados hasta ahora en la fase de pruebas.

Solicita un presupuesto rápido para el SII sin compromisoVarias han sido las empresas tecnológicas que han participado en el proyecto piloto del SII, como Datadec, colaborando con la AEAT en el desarrollo de un sistema que ya es una realidad. La Agencia Tributaria sabe por tanto que el mercado de soluciones tecnológicas posee la madurez suficiente como para proporcionar software adaptado y consultoría especializada del SII IVA a las empresas que lo necesiten. La adaptación al nuevo estatus quo es sólo cuestión de decisión y, por supuesto, esfuerzo y tiempo para afrontar la mayor revolución en la gestión del IVA en muchos años.

sii recompensa

Como todo esfuerzo, el SII IVA también ofrece recompensa para aquellas empresas que afronten su entrada en vigor con la suficiente preparación. A tratarse de un sistema ideado para ser una herramienta eficaz en la lucha contra el fraude fiscal, el SII libera a los contribuyentes de gran parte de la presión por demostrar su integridad contable.

sii precision y seguridadUna de las novedades del SII IVA es que desaparece la obligación de llevanza interna de los Libros Registro. En su lugar, los contribuyentes envían información de facturación a la AEAT que, a partir de la misma, genera automáticamente los Libros Registro en su Sede Electrónica. Las ventajas en términos de precisión de los registros consignados y control documental son importantes. Este cambio supone que, a partir de la entrada en vigor del SII, la AEAT es la responsable del alojamiento de la información en sus servidores, pasando a ser de su competencia el garantizar la seguridad documental, la confiabilidad y la disponibilidad de la información.

desaparecen declaraciones informativasA través del SII, la Agencia Tributaria dispone de mayor información contable en tiempo casi real, siendo posible una mayor agilidad en los trámites y la reducción de los plazos de comprobación y devoluciones. De esta forma, los contribuyentes pueden contrastar la información antes del límite de plazo para la autoliquidación mensual de IVA, y rectificar los errores en los envíos de información sin necesidad de esperar al requerimiento de la AEAT.  Otra consecuencia es que la nueva ley del IVA elimina las obligaciones formales de presentación de declaraciones informativas. Por último, las ventajas se completan con un aumento del plazo de presentación para las declaraciones de IVA mensuales que sí se mantienen: las declaraciones de autoliquidación (modelos 303, 322 y 3535) pueden presentarse hasta el día 30 del mes siguiente al de liquidación de la operación, lo cual supone diez días naturales adicionales con respecto a la anterior normativa.

Gracias a la unificación de información que posibilita el SII IVA, se favorece el cruce de datos entre los sujetos pasivos implicados en las operaciones. En la Sede Electrónica se dispone así de datos fiscales contrastados a disposición de los contribuyentes, redundando así en la transparencia y en un mayor control de posibles errores en la consignación de las operaciones.

La entrada en vigor del SII IVA abre nuevas posibilidades en cuanto a automatización de todo el proceso de gestión de IVA, desde la generación de la factura electrónica hasta la presentación de la información en el formato requerido por Hacienda. Con una solución adaptada y efectiva, las empresas pueden beneficiarse de una tecnología que aumente aspectos tan importantes para la operativa diaria como la disponibilidad y seguridad de la información y que también disminuya el tiempo y recursos necesarios para la gestión del IVA.

La adaptación a la operativa SII de comunicación mucho más fluida y continua requiere un esfuerzo importante para las empresas. El cambio no es opcional: el SII IVA es de implantación obligatoria para ciertos grupos de contribuyentes (grandes empresas, REDEME y grupos societarios de IVA). Para este colectivo, los nuevos plazos de suministro de información de facturación a la AEAT a través de la Sede Electrónica son muy ajustados. Los retrasos, los errores formales en la información y los fallos TIC son los aspectos que más preocupan a las empresas al afrontar la entrada en vigor definitiva del SII. ¿Cuáles son los principales riesgos reales a los que se enfrentan las empresas a las que el 1 de julio les sorprenda con los sistemas desactualizados?

  • Sanciones. Para aquellos contribuyentes que se retrasen en el suministro de los registros de facturación reglamentarios, se prevén sanciones por un importe porcentual de un 0,5% del importe de la factura retrasada, con un mínimo de 300 euros y un máximo de 6.000 euros al trimestre.
  • Sobrecostes y caos organizativo. La transición al SII requiere cambios en los procesos administrativos internos, nuevas necesidades de formación y reorganización en la asignación de recursos. Es prioritario un conocimiento preciso del nuevo sistema SII y la operativa asociada para enfocar los cambios en la dirección correcta. En caso contrario, pueden ser elevados los sobrecostes derivados de una ineficiente implementación del SII en la empresa.

    La solución tecnológica conveniente para cada empresa depende de muchos factores, como sus procesos internos, nivel de informatización, formación de sus recursos o volumen de registros manejados. Las empresas que busquen una solución llave en mano deben tener muy en cuenta que ésta debe ser completa, abarcar todo el proceso de Suministro Inmediato de Información, y disponer de versiones que permitan la máxima adaptabilidad. Una solución inadecuada impacta en la  manejabilidad y facilidad de uso, ágil gestión de incidencias y la gestión y seguimiento integrado en la comunicación de elevados volúmenes de operaciones. Los problemas a nivel de recursos y organizativos pueden ser importantes.
  • Integración Deficiente. A la hora de afrontar el SII, una de las cuestiones que más preocupa a muchas empresas es la integración con sus sistemas existentes, incluyendo los de facturación electrónica. Una deficiente integración puede suponer una traba a la automatización del proceso de suministro de información, y los beneficios de ahorro en recursos que conlleva. Los errores en este paso clave del proyecto de actualización software pueden ser pagados a un excesivo precio por aquellas empresas que afronten la adaptación sin la necesaria antelación a la entrada en vigor del SII IVA.

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