CUENTA ATRAS PARA VERIFACTU: CÓMO PREPARARSE ANTES DEL 1 DE ENERO 2026

  • Actualizado: 13 noviembre 2025
  • Publicado por primera vez: 13 noviembre 2025

CUENTA ATRAS PARA VERIFACTU: CÓMO PREPARARSE ANTES DEL 1 DE ENERO 2026*

El próximo 1 de enero de 2026 entrará en vigor la normativa que regula los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF), recogida en el Real Decreto 1007/2023, con el objetivo de garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad y trazabilidad de las facturas electrónicas y de los registros contables de facturación.

Esta nueva obligación afecta a todas las empresas y profesionales que emiten por sistemas informáticos facturas por operaciones comerciales, y supone un paso decisivo hacia la digitalización total y el control automatizado de la información económica. La cuenta atrás ya ha comenzado y las organizaciones deben actuar para adaptar sus sistemas antes de la fecha límite.

Resumen del post:

 Resumen en Perplexity Resumen en Gemini Resumen en Openai Chatgpt Resumen en Claude


¿Qué es el sistema SIF y qué cambia con la nueva normativa?

Los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) son las herramientas tecnológicas que generan, emiten y conservan facturas de acuerdo con los nuevos requisitos legales establecidos por la Agencia Tributaria.

El SIF no se limita a crear documentos: debe registrar cada operación de facturación de forma segura, verificable y no manipulable, garantizando que los datos transmitidos coincidan exactamente con los declarados.

La normativa introduce además el concepto VERI*FACTU, una modalidad voluntaria dentro del SIF que permite enviar los registros de facturación directamente a la Agencia Tributaria en tiempo real. Esto supone un gran avance en transparencia y automatización, ya que el sistema sellará digitalmente cada factura con un código identificativo único (HUFE) que impide su alteración.

Dos modalidades: SIF con VERI*FACTU y SIF sin VERI*FACTU

La normativa establece dos formas de cumplimiento, en cualquiera de los dos casos el sistema debe cumplir con VERi*FACTU aunque se acoja a la opción no verifactu, éstas son:

  • SIF con VERI*FACTU: el sistema envía automáticamente los registros a la Agencia Tributaria. Esta modalidad ofrece mayor trazabilidad, reducción de errores y simplificación de futuras comprobaciones o inspecciones.
  • SIF sin VERI*FACTU: el sistema genera los registros localmente, conservando la información bajo control del contribuyente, pero con la obligación de mantener todos los requisitos técnicos de integridad y trazabilidad.

Modalidad de Cumplimiento

Envío a AEAT

Trazabilidad y Control

SIF con VERI*FACTU

Automático y en Tiempo Real

Máxima. Simplifica futuras inspecciones.

SIF sin VERI*FACTU

Local (Bajo control del contribuyente)

Obligación de cumplir todos los requisitos técnicos de integridad.

Ambas opciones requieren que el software de facturación cumpla con los estándares establecidos por el Real Decreto, incluyendo formatos XML específicos, generación de firmas electrónicas, y controles antifraude. Cada factura es sellada digitalmente con un Código Identificativo Único (HUFE), impidiendo su alteración posterior.

El Impacto Tecnológico: ¿Qué debe hacer su empresa?

La adopción del SIF implica una revisión completa de los procesos de facturación, tanto a nivel técnico como organizativo. Las empresas deberán:

  • Garantizar la compatibilidad con el formato VERI*FACTU y la capacidad de comunicar registros a la AEAT.
  • Asegurar la integración entre su ERP o sistema contable y el software de facturación SIF.
  • Implementar políticas de conservación de datos y trazabilidad que aseguren la disponibilidad de la información durante todo el periodo legal.
  • Además ell SIF deberá incluir un código QR en factura y ticket.

Además, los desarrolladores y proveedores de software deberán adaptar sus sistemas para emitir la certificación y el etiquetado SIF, asegurando que cada factura emitida cumple con las normas técnicas y de seguridad establecidas.

La importancia de anticiparse: por qué actuar ya

Aunque la fecha oficial de aplicación es el 1 de enero de 2026, la experiencia demuestra que los procesos de adaptación tecnológica y validación de software requieren tiempo.

Las empresas que esperen al último momento corren el riesgo de enfrentar interrupciones en sus procesos de facturación, sanciones por incumplimiento o pérdida de competitividad frente a organizaciones que ya operen en entornos 100% digitales y fiscalmente trazables.

Por ello, anticiparse es clave. Iniciar ahora el proceso de adaptación permite a las empresas analizar sus flujos de facturación, probar la compatibilidad con la AEAT y formar a sus equipos en el nuevo entorno normativo.

La solución de factura electrónica de DATADEC: cumplimiento y eficiencia garantizados

En este contexto, DATADEC pone a disposición de las empresas una solución integral de factura electrónica totalmente adaptada a los requisitos del SIF y VERI*FACTU.

Nuestra plataforma garantiza:

  • Cumplimiento total con el Real Decreto 1007/2023.
  • Emisión, firma y conservación electrónica de facturas en formatos normativos.
  • Comunicación automática con la Agencia Tributaria bajo el estándar VERI*FACTU.
  • Integración directa con los principales sistemas ERP.
  • Seguridad, trazabilidad y control en tiempo real de todas las operaciones.

Gracias a la experiencia de DATADEC en digitalización y gestión documental, las empresas pueden abordar esta transición con seguridad, eficiencia y respaldo tecnológico.

No es solo una obligación, es una Oportunidad. La solución de DATADEC no solo le asegura el cumplimiento normativo, sino que también mejora su productividad, reduce errores manuales y acelera la digitalización de su gestión administrativa.

Conclusión: el momento de actuar es ahora

La nueva normativa SIF representa un cambio estructural en la forma en que las empresas gestionan su facturación. Su correcta implantación no debe verse como una obligación, sino como una oportunidad para avanzar en la digitalización, transparencia y eficiencia.

El 1 de enero de 2026 está cada vez más cerca, y las compañías que se preparen con antelación estarán en una posición ventajosa para operar con total seguridad jurídica y tecnológica. 

El incumplimiento, por parte de usuarios finales, de las obligaciones contenidas en el Reglamento conlleva una sanción que consiste en una multa de 50.000 €, por la tenencia de programas que no estén debidamente certificados y por cada ejercicio.

DATADEC acompaña a las organizaciones en todo el proceso de adaptación, aportando soluciones tecnológicas robustas, experiencia en integración de sistemas y un compromiso firme con la transformación digital de las empresas españolas.

Si aún no te has adaptado, todavía llegas a tiempo:

Si te han quedado dudas te invitamos a que visites nuestra sección de Preguntas Frecuentes de Verifactu y la ley antifraude.


*Imagen de storyset en Freepik

También te pueden interesar...

ley antifraude entra totalidad efectos ley antifraude cuando cambiar software gestion