AEAT modifica el IVA para facilitar la adaptación del SII el 1 Julio

  • Actualizado: 30 noviembre 2021
  • Publicado por primera vez: 30 mayo 2017

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Se habilita un plazo extra, hasta el 15 de junio, para la solicitud de baja en REDEME.

El pasado viernes 26, el Consejo de Ministro aprobó el Real Decreto por el que se modifica el Reglamenteo del IVA con objetivo de facilitar la adaptación de los sujetos pasivos al nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) que entra en vigor el próximo 1 julio: Real Decreto 529/2017, de 26 de mayo.

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Ahora se establece un plazo extraordinario para solicitar la baja en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME) y para presentar la renuncia al régimen especial del grupo de actividades del IVA que llega hasta el 15 de junio.

La baja en el REDEME o la renuncia al régimen especial del grupo de entidades debieron de presentarse entre los meses de noviembre y diciembre de 2016, respectivamente, y siendo que el Real Decreto 596/2016 de aprobación de la puesta en marcha del SII, se publicó en el BOE del 6 de diciembre de 2016, por lo que se hacía necesario habilitar un nuevo plazo extraordinario para que estos contribuyentes pudieran solicitar la baja o la renuncia y facilitar así su adaptación al SII.

Una medida adicional establece que los contribuyentes acogidos al regimen simplificado no puedan optar en 2017 por la aplicación del nuevo sistema de llevanza de libros registro, derivado de la propia especialidad de este régimen del impuesto, aunque si que podrán hacerlo en 2018.

En total se sumarán a la gestión del IVA con el SII unos 62.000 contribuyentes, entre los cuales operan un 80% del total de transacciones anuales sujetas a IVA. Se trata de los sujetos pertenecientes al colectivo REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA), a los grupos societarios y a las grandes empresas, aquéllas con un volumen de facturación de más de 6 millones de Euros anuales. Precisamente en este último grupo se inscriben algunos de los participantes en el proyecto piloto del Sistema SII que la AEAT ha llevado a cabo durante los años 2015 y 2016. En concreto, uno de los puntos que ha generado más debate ha sido el de los plazos para cumplir con las nuevas obligaciones fiscales.

La introducción del Suministro Inmediato de Información de la AEAT se enmarca en la tendencia global de muchas administraciones públicas europeas. Los intercambios de información entre contribuyentes y organismos en formatos digitales y en tiempo real, y el objetivo del “dato único” en fiscalidad son otros alicientes del nuevo SII. Además, para facilitar la implementación de los nuevos procedimientos asociados, la AEAT contempla una ampliación de cuatro a ocho días naturales en los plazos de envío de la información durante el año 2017.

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Equipo Datadec